
Documentos sobre las bases de la licitación fueron directos en especificar al ofertante que no estaba permitido influir en algún funcionario, en cualquier aspecto, para ser beneficiado con el proyecto.
En las páginas seis y siete de las bases de la Fase de Precalificación de la licitación se indica que quienes deseaban presentar credenciales debían incluir una declaración jurada en la que, entre otros aspectos, dieran constancia de que “dicho participante registrado, y cada una de las personas jurídicas que lo integran, en caso de consorcio, no han incurrido ni incurrirán (...) en prácticas corruptas o fraudulentas, incluyendo pero no limitado a (i) el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario público con respecto a cualquier aspecto de la licitación”.
Agrega que esto incluye “el establecimiento de precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos, y prácticas corruptas o fraudulentas”.